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viernes, 31 de mayo de 2013

Actividad tutelada: Ley de Prevención de Riesgos Laborales



La prevención de riesgos laborales es una actuación fundamental para reducir la siniestralidad laboral y  la incidencia de las enfermedades profesionales. Éste es un tema al que, en España, sólo se le ha prestado la atención que merece en los últimos años, con la introducción de una normativa específica más exigente y la realización de numerosas campañas y cursos de sensibilización desde las Administraciones Públicas y los sindicatos.

Los trabajadores autónomos han sido, a lo largo del tiempo, los grandes desprotegidos en materia de siniestralidad laboral y prevención de riesgos laborales.

Señales de advertenciaExisten muchas diferencias en cuanto al tratamiento de la norma reguladora del mercado laboral entre los trabajadores autónomos y los trabajadores por cuenta ajena. La norma está pensada y estudiada en su mayoría para la relación Empresario - Trabajador por cuenta ajena. Lo que quiere decir que los trabajadores autónomos se encuentran ante una cierta ambigüedad jurídica.

Cuando los autónomos tienen a personas trabajando a su cargo, pasan a tener obligaciones en cuanto a ellos. Sus trabajadores tendrán, por tanto, los derechos propios de los trabajadores por cuenta ajena. Por todo ello, los autónomos tienen la obligación de gestionar la prevención de riesgos laborales y de conocer sus obligaciones legales para cumplir con la "Ley de Prevención de Riesgos Laborales". Para ello, es necesario: 

- Informe de valoración del riesgo.  

- Puesta en conocimiento de los trabajadores de los riesgos que entraña su desempeño. 
  
-   Revisiones y resoluciones de incidencia, junto a las notificaciones periódicas.

- Formación en riesgos de cada puesto de trabajo. Firma del documento acreditativo:

o   Conceptos básicos sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. 

o   Riesgos Generales y su Prevención.

o   Riesgos específicos y su Prevención correspondiente a la actividad.

o   Elementos básicos y documentación de gestión de la prevención.



  • Valoración del riesgo: Elaboración de una matriz de riesgo  
                        
Una matriz de riesgo constituye una herramienta de control y de gestión normalmente utilizada para identificar las actividades (procesos y productos) de una empresa, el tipo y nivel de riesgos inherentes a estas actividades y los factores exógenos y endógenos relacionados con estos riesgos (factores de riesgo). Igualmente, una matriz de riesgo permite evaluar la efectividad de una adecuada gestión y administración de los riesgos que pudieran impactar los resultados y, por ende, al logro de los objetivos de una organización.

La matriz de riesgo consiste, por tanto, en una representación gráfica de la intersección entre las probabilidades de que ocurra un acontecimiento y sus consecuencias e impactos. Las premisas para su elaboración son:          
                                                                               
-Probabilidad: una vez presentado un riesgo, es la incidencia para que éste tenga consecuencias negativas para el trabajador (teniendo en cuenta la frecuencia).

-Consecuencia: resultado negativo para el trabajador.

PROBABILIDAD




ALTA = 3
Riesgo Moderado (MO)
Riesgo Importante (I)
Riesgo Intolerable (IN)

MEDIA = 2
Riesgo Tolerable (TO)
Riesgo Moderado (MO)
Riesgo Importante (I)

BAJA = 1
Riesgo Trivial (T)
Riesgo Tolerable (TO)
Riesgo Moderado (MO)


LIGERAMENTE DAÑINO (LD)
DAÑINO (D)
EXTEMADAMENTE DAÑINO (ED)
CONSECUEN-
CIAS


  • Definiciones y códigos de riesgos laborales
Descripción de los principales riesgos para el personal de un centro de fisioterapia:
        
FISIOTERAPEUTA:
-         Caídas.
-         Electrocución.
-         Exposición a radiaciones y a contaminantes biológicos.
- Problemas músculo-esqueléticos por sobreesfuerzo físico y posturas anti-ergonómicas.
-         Estrés (síndrome de Burnout).
-         Quemaduras: eléctricas y térmicas.

PERSONAL ADMINISTRATIVO:
-         Fatiga visual y de la voz..
-         Quemaduras (normalmente eléctricas).
-         Problemas músculo-esqueléticos (sobre todo, problemas de espalda por posturas anti-ergonómicas).
-         Estrés (síndrome de Burnout).


                                         PERSONAL DE LIMPIEZA:
-         Caídas.
-         Intoxicación (por inhalación de gases).
-         Quemaduras.
- Problemas músculo-esqueléticos por sobreesfuerzo físico y posturas anti-ergonómicas.


  • Plan de actuación ante riesgos leves, moderados o urgentes

El riesgo laboral que he escogido para elaborar un plan de actuación es el siguiente: cómo evitar problemas músculo-esqueléticos en el personal administrativo del centro de fisioterapia.

Recomendaciones para la prevención de riesgos laborales en el personal administrativo

-         Colocación correcta de la pantalla.

-         Legibilidad adecuada de documentos y símbolos.

-         Estabilidad de las imágenes.

-         Regulación de la inclinación del teclado.

-         Apoyo para antebrazos y manos.

-         El diseño del ratón debe permitir un accionamiento cómodo.

-        Superficie de trabajo adecuada: sufriente para situar teclado, pantalla, documentos, material accesorio,…

-       Superficie de trabajo estable.

-       Espacio para el alojamiento de las piernas: posicionamiento cómodo.

-     Silla estable y confortable: uso de reposapiés en caso de silla con altura no ajustable, la cual no permite al usuario descansar sus pies en el suelo.

-   Entorno de trabajo adecuado: nivel de iluminación, espacio de trabajo, ruido ambiental y temperatura correctos.

-       Pausas para prevenir la fatiga y organización del trabajo.

Actividad tutelada: Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD)


Los fisioterapeutas autónomos, como cualquier empresa o clínica, están obligados a cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos (más conocida como LOPD), cuando recaben información de carácter personal.

La finalidad de la LOPD es garantizar la protección y el buen tratamiento de los datos de carácter personal que se recogen en nuestra consulta. El responsable de estos datos y de su tratamiento será la persona que decida sobre la finalidad, el contenido y el uso del tratamiento de los datos personales, es decir, el propio fisioterapeuta. Por tanto, será sobre quién recaerán las obligaciones establecidas por la LOPD, y quien deberá hacer que se cumpla la ley.

Cumplir con la LOPD es garantizar que nuestro negocio se encuentra dentro de las exigencias legales y así generar una mayor confianza en nuestros pacientes. Además, si no se cumple con esta ley nos podemos enfrentar a importantes sanciones económicas, que repercutirán negativamente en nuestra clínica, por lo que si estamos dudando entre implantar o no la LOPD, debemos tener en cuenta que el coste de no implantarla puede ser mucho mayor que si no lo hacemos.         
                                                                                                    
Las medidas de seguridad que establece la LOPD, son las siguientes:

1. Alta en la Agencia Española de Protección de Datos.
a. De pacientes/clientes.
b. Proveedores.
c. De recursos Humanos.
                                                                                              
2. Elaborar un documento de seguridad previa auditoría y evolución del mismo mediante auditoría bianual (interna o externa):
a. Medidas, normas y procedimientos de seguridad. 
                                                                      
3. Designación de un responsable de Seguridad.   
                                                                                      
4. Adaptación a la LOPD.
a. Documento de información al personal.
b. Acceso de entrevistas de candidatos.
c. Consentimiento de proveedores.
d. Advertencia de clientes (y su registro y justificación en caso de querer modificar, tener acceso o cancelar).


Para poder darnos de alta en la “Agencia Española de Protección de Datos", es necesario entrar en su página web oficial. En ella encontraremos una "Guía rápida de notificación de ficheros de titularidad privada" en la que aparece el formulario a rellenar para la inscripción de los ficheros.

"Pantallazo" del fichero de tituralidad privada


En la página también aparece el programa “EVALÚA”, que consiste en un auto-test meramente orientativo basado en preguntas acerca de la aplicación de la LOPD con respuesta múltiple para estudiar si se está cumpliendo o no con ella y con las medidas de seguridad. Después de su realización, si es el caso, la Agencia Española de Protección de datos facilita un informe con indicaciones y recursos que orientan al profesional a cumplir con los dispuesto en esta ley.

 "Pantallazo" del programa EVALÚA

Por último, adjunto el "Modelo de documento de advertencia legal a pacientes" que deberán firmar los pacientes de mi centro de fisioterapia.